Catastro de Ensenada
AHN. Chancillería de Granada
Por Esperanza Cabello
Continuamos con el estudio de los datos de Ubrique en el Catastro de Ensenada, y nos ha parecido muy curioso saber cuáles eran los sueldos municipales y a quiénes se les pagaba.
En primer lugar, la pregunta sobre el sueldo del alcalde está mal formulada, pues en la época el máximo regidor de la villa era el Corregidor, que ostentaba un cargo real (nombrado por su majestad) y era el representante del rey en el municipio.
En 1752 el corregidor de Ubrique se llamaba don Nicolás Páez Chacón, abogado de los Reales Concejos y capitán de guerra.
Los alcaldes eran dos, Francisco Miguel Romero y Miguel de Morales Chamorro. Los otros miembros del Cabildo eran Francisco Clavijo, alguacil mayor; José Sánchez Torrejón y Miguel López Vega, regidores; Bartolomé Romero y Alonso Matías Gómez, jurados; don Domingo Nieto y Lugo, síndico, procurador general; y don Mateo González, escribano de cabildo (cargo similar al de secretario del ayuntamiento).
Entre los sueldos que paga el ayuntamiento el más alto es el del señor escribano, que gana mil ochocientos ochenta reales al año, y los más bajos ¡pobrecitos! los de los dos maestros ordinarios, que ganan cien reales cada uno al año.
El señor corregidor gana, en Ubrique, ochocientos euros, pero como era al mismo tiempo corregidor de las otras cuatro villas, se supone que su sueldo se multiplicaba.
También había que pagar el sueldo al encargado del reloj (180 reales), al cortador de carnes (450 reales), al pregonero (396 reales) y también al médico, al cirujano, a los maestros...
Estas son las respuestas a la pregunta 25 de las del catastro:
25ª. Qué gastos debe satisfacer el común, como salario de justicia
y regidores, fiestas de Corpus u otras; empedrado, fuentes, sirvientes, etc.,
de que se deberá pedir individual razón.
A la vigésima quinta pregunta dijeron que el Concejo
y común de esta villa satisface anualmente ochocientos reales de salario al corregidor
de ella; al escribano de cabildo se le pagan por la misma razón mil ochocientos
ochenta.
A don Vicente Velasco, médico, se le
pagan anualmente de salario mil doscientos diez reales; a Miguel de Villagrán,
maestro de cirujano, se le satisfacen y pagan doscientos veinte; a don Diego de
Castro, maestro de gramática, trescientos reales; a don Juan de Morales y don
Juan Páez Astorga, maestros de primeras letras, cien reales a cada uno; al fiel
del repeso de harina[1]
doscientos veinte; a dos maestros ordinarios se le paga a cada uno de salario
anual cuatrocientos sesenta y dos reales; al guarda mayor de montes de esta
villa se le pagan cuatrocientos cuarenta, al guarda menor del dicho monte
trescientos noventa y seis; al cortador de carnes cuatrocientos cincuenta; al pregonero
de esta villa trescientos noventa y seis reales; a don Juan de Arjona, por el
toque de la campana de la queda, que está a su cuidado, como el del reloj de
esta dicha villa, se le pagan anuales ciento ochenta reales; a José Gómez, por
la mayordomía de los propios de esta dicha villa se le dan anualmente
cuatrocientos cincuenta reales.
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